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Código Fiscal Artículo 33 bis Estado de Sonora


Código Fiscal Sonora
Artículo 33 bis.

Las personas físicas o morales que contraten la prestación de servicios con empresas para que éstas les proporcionen a los trabajadores, deberán presentar el aviso correspondiente, dentro de los diez días siguientes a la fecha de contratación, ante la oficina recaudadora que corresponda a su domicilio fiscal, debiendo acompañar copia del contrato de prestación de servicios, e informar sobre el número de trabajadores que presten el trabajo, así como el nombre, registro estatal de contribuyentes y domicilio de la prestadora de servicios de que se trate, así como los avisos que esta última debe presentar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Las autoridades fiscales podrán requerir a las personas físicas o morales a que se refiere este artículo, la presentación de documentos o información adicional, a fin de que en un plazo máximo de diez días cumplan con lo solicitado. En este caso, no se considera que se inicie el ejercicio de facultades de comprobación



Estado de Sonora Artículo 33 bis Código Fiscal
Artículo 1 ...32 33 33 bis 33 ter 33 quater ...251
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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